Blog

Tipos de IVA: Todo lo que necesitas saber

Aunque la mayoría de los contribuyentes conocen más o menos en qué consisten y cómo funcionan impuestos como el IRPF, son muchos los que desconocen exactamente en qué consisten o cuáles son los tipos de IVA.

Teniendo en cuenta que es un impuesto por el que se tributa cada vez que se consume, es importante conocer los tipos de IVA en España y a qué actividades u operaciones se aplican a uno u otro tipo.

 

Qué es el IVA y cómo funciona

El Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre los consumidores y grava el consumo. Esto significa que, a la hora de pagar por un producto o un servicio, el consumidor pagará un porcentaje en concepto de IVA.

Para el contribuyente, el funcionamiento de este impuesto es muy sencillo, ya que basta con pagar por el producto o servicio consumido. Sin embargo, para el profesional o empresario, en el desempeño de su actividad económica, el funcionamiento del IVA es más complejo.

En este segundo caso, los profesionales y empresarios, al vender sus productos o prestar sus servicios, cobran el tipo de IVA correspondiente a sus clientes. Este es el IVA repercutido. Por otro lado, los empresarios y profesionales han de pagar el IVA de los bienes y servicios que necesitan para el desarrollo de su actividad económica, si bien es cierto que luego este IVA podrán deducírselo. Este es el IVA soportado. De forma trimestral (o mensual en ciertos casos), el empresario o profesional deberá presentar la liquidación de IVA.

 

Tipos de IVA

El IVA es un tributo que grava el consumo. Sin embargo, es importante saber que se aplicarán distintos tipos impositivos, dependiendo de la naturaleza del producto o servicio al que se aplican. En definitiva, existen tres tipos de IVA diferentes, dependiendo de su porcentaje y de los productos o servicios a los que se aplican. Son los siguientes:

 

Tipo de IVA general

Este tipo de IVA es el que se aplica de forma general a la venta de bienes y a la prestación de servicios. Es el más común y se aplica en los casos en los que no corresponde aplicar ni el tipo reducido ni el superreducido. El tipo general grava con un porcentaje del 21 % sobre el valor del bien o servicio, aunque ha sufrido variaciones en los últimos años.

 

Tipo de IVA reducido

Este tipo aplica un porcentaje del 10 % y se aplicará sobre todo en determinados alimentos que no son considerados de primera necesidad, en transportes y hostelería. Además de estos, podrás conocer otros bienes y servicios afectados por este tipo reducido en la siguiente lista:

  • Entregas de alimentos para consumo humano o animal. No se incluirán las bebidas alcohólicas y espirituosas.
  • Venta de animales, vegetales y productos que se utilizan para obtener alimentos.
  • Hostelería.
  • Transporte de viajeros y equipaje.
  • Consumo de agua.
  • Venta de productos agrícolas, ganaderos y forestales, tales como madera o fertilizantes.
  • Venta de viviendas y plazas de garajes.
  • Productos sanitarios y complementos que tienen como finalidad subsanar dificultades físicas, tales como prótesis o gafas de ver.
  • Servicio de limpieza de calles y espacios públicos.
  • Obras de renovación y reparación de inmuebles.
  • Arrendamientos con opción a compra
  • Obras para la construcción o rehabilitación de inmuebles.
  • Importaciones de piezas de arte, antigüedades y objetos de coleccionista.

Tipo de IVA superreducido

El tipo de IVA superreducido aplica un porcentaje del 4 y será, por tanto, el que menos afecte al consumo. Se aplicará a los bienes y servicios de primera necesidad para permitir fácilmente el acceso a ellos. Podrás conocer exactamente cuándo se aplican en la siguiente lista:

  • Venta de alimentos no elaborados (pan, harina, leche, verduras, cereales, huevos o quesos, entre otros).
  • Venta de libros, revistas y periódicos que no solo contengan publicidad y anuncios.
  • Venta de medicamentos.
  • Venta de vehículos para personas con discapacidad motriz.
  • Entrega de viviendas de protección oficial.
  • Servicios de ayuda a domicilio, residencias o teleasistencia.

No obstante, y hasta el 30 de junio de 2023, se aplicará un tipo superreducido del 0 % a los artículos de primera necesidad. Este nuevo tipo volverá a aplicar un 4 % cuando la inflación del mes de marzo sea inferior al 5,5 %.

 

Tipo reducido especial

Este es el nuevo tipo de IVA que se aplicará hasta el día 31 de diciembre de 2023 con un porcentaje de un 5 %. Este tipo reducido especial se aplicará a algunos productos frescos y productos de primera necesidad para facilitar el acceso a familias más desfavorecidas.

  • Pastas alimenticias.
  • Aceites vegetales y de semillas.
  • Suministros como electricidad o gas natural.
  • Pellets y leña.

Operaciones sujetas a IVA

Aunque de forma genérica se suele decir que el IVA grava el consumo, es importante tener muy claro qué operaciones están sujetas a este tributo. En concreto, hay tres tipos de operaciones sujetas a IVA. Son las siguientes:

  • Entregas de bienes y prestación de servicios llevados a cabo por empresarios o profesionales.
  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes, es decir, compra de bienes o productos a algún país miembro de la Unión Europea. En este caso se hablaría de IVA intracomunitario.
  • Importación de bienes.

Operaciones exentas de IVA

Como ocurre con otros impuestos, hay operaciones que, aunque a priori pudiera parecer que están gravadas por el tributo, están exentas. En este sentido, existen algunas actividades a las que no se aplicará este impuesto por estar exentas de IVA. Son las siguientes:

  • Servicios de docencia prestados por entidades e instituciones públicas o privadas, siempre y cuando estén autorizadas por el Estado o por la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Servicios de enseñanza de idiomas.
  • Educación de la infancia y la juventud, hasta la etapa universitaria y de posgrado.
  • Servicios profesionales prestados por artistas plásticas, compositores o escritores, entre otros.
  • Formación profesional.
  • Operaciones y servicios relativos a capitalización, seguros y reaseguros.
  • Servicios de mediación prestados en operaciones financieras que estén exentas de IVA.
  • Servicios de intervención llevados a cabo por fedatarios públicos en operaciones financieras que estén exentas de IVA.
  • Arrendamiento de viviendas y entrega de fincas rústicas y no edificables. También está exenta de IVA las segundas y ulteriores entregas de edificaciones.
  • Entrega de sellos de correo y otros efectos timbrados.

En resumen, los diferentes tipos de IVA se diferencian principalmente por el porcentaje de impuesto que grava cada producto o servicio. A diferencia del IVA general que tiene un tipo de gravamen del 21 %, el reducido es de un 10 % y el superreducido de un 4%, determinando de alguna manera lo necesarios que son esos productos o servicios, como es el caso de los productos de primera necesidad que están gravados con un IVA del 4%.

 

En cualquier caso, y de cara a la presentación trimestral de IVA de empresarios y profesionales, es fundamental llevar un control de gastos eficaz y exhaustivo. Con nuestra solución App Control de Gastos ya no tendrás que preocuparte por la inserción manual de la información, evitando así posibles errores, gracias a la automatización del proceso. Solicita una demostración gratuita y comprueba todas las ventajas.