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IVA reducido: Qué es y cuándo se aplica

El IVA, o impuesto sobre el valor añadido, es el principal impuesto indirecto sobre el consumo de nuestro país, el cual se aplica en todo el territorio peninsular y las Islas Baleares. En Canarias, por su parte, se utiliza el impuesto general indirecto canario (IGIC), que cumple la misma función, pero altera sus porcentajes e implicaciones.

En cada artículo comprado, o cada servicio recibido, los ciudadanos pagan este impuesto, que opera como un porcentaje sobre su precio de venta. En función del producto, o servicio que se adquiera, existen diferentes tipos de IVA, y el IVA reducido es uno de ellos.

 

Qué es el IVA reducido

El IVA reducido es uno de los tres tipos de IVA que podemos encontrar en nuestro país. Más adelante veremos las características de cada uno de ellos, pero podemos adelantar que el reducido tiene un gravamen del 10 % sobre el precio del producto o servicio.

Por definición, el IVA es un tributo sobre el consumo de bienes y servicios, indirecto y proporcional, puesto que no distingue sobre la capacidad económica de los compradores. En función del tipo de producto que se vaya a adquirir, podemos diferenciar tres tipos: el IVA regular o general, el IVA reducido y el IVA superreducido. En caso de que el producto o servicio no esté gravado por este impuesto, lo denominamos exento de IVA.

 

Modalidades de IVA

El impuesto sobre el valor añadido recoge tres modalidades diferentes de IVA.

 

IVA general

Este IVA presenta un tipo del 21 %, y es el impuesto que se aplica por defecto a todos los productos y servicios, siempre y cuando estos no estén incluidos en alguna de las otras categorías por la legislación actual. Productos comunes como el calzado, la ropa o los electrodomésticos son gravados por este IVA.

 

IVA reducido

El IVA que analizamos en este post, el reducido, tiene un tipo del 10 %, y se destina principalmente a productos considerados de primera necesidad.

 

IVA superreducido

Esta franja está destinada a bienes que pretenden hacerse accesibles para toda la población, ya que son imprescindibles para subsistir en el día a día. El tipo es del 4 %, y el IVA superreducido se aplica en los siguientes productos y servicios:

  • Harinas panificables, pan común, legumbres, cereales, tubérculos, verduras, frutas, hortalizas, legumbres, huevos, leche y queso.
  • Implantes, prótesis y órtesis internos para personas que lo necesiten.
  • Servicios de ayuda a domicilio, centros de noche y día, atención residencial y teleasistencia (para personas con dependencia).
  • Revistas, libros y periódicos cuya publicidad suponga menos del 75 % de los ingresos totales al editor.
  • Viviendas de protección oficial, incluyendo sus anexos y garajes.
  • Medicamentos para uso humano.
  • Vehículos que operen como autoturismos o autotaxis destinados al transporte de personas con discapacidad (en silla de ruedas), incluyendo los servicios de adaptación para los propios coches.
  • Reparación de vehículos y sillas de ruedas para personas discapacitadas.
  • Arrendamientos con opción de compra destinados a viviendas de protección oficial.

IVA exento

Como mencionamos, también hay productos y servicios que están totalmente exentos de IVA, por lo que este impuesto no se aplicará cuando los compremos. Las prácticas deportivas, las actividades educativas y la asistencia sanitaria son algunos de los servicios más comunes que se encuentran en la lista de exenciones.

 

Cuándo se debe aplicar el IVA reducido

Ahora que sabes cuál es el IVA reducido y su porcentaje, veamos a qué productos y servicios se aplica en España.

Productos gravados por el IVA reducido

  • Agua para riego, consumo animal o humano.
  • Plantas y flores ornamentales.
  • Periódicos, libros y revistas.
  • Productos no medicinales vendidos en farmacias: preservativos, vendas, compresas…
  • Alimentación humana y animal, excluyendo bebidas alcohólicas y tabaco.
  • Productos utilizados en ganadería y agricultura, como residuos orgánicos o semillas.
  • Animales, vegetales u otros productos destinados al consumo.
  • Medicamentos para animales.
  • Antigüedades y arte.
  • Aparatos y equipos para personas que poseen algún tipo de deficiencia, ya sea física o mental (prótesis, lentillas, gafas graduadas…).

Servicios gravados por el IVA reducido

  • Tickets de entrada a centros de cultura: galerías de arte, museos, pinacotecas, bibliotecas…
  • Servicios funerarios.
  • Alquileres que posean opción a compra.
  • Servicios prestados por intérpretes, artistas o directores.
  • Reparaciones y renovaciones a viviendas (siempre y cuando el material utilizado no exceda el 40 % de la base imponible, y el tiempo a ejecutar no supere los 2 años).
  • Ferias, exposiciones y eventos deportivos.
  • Equipaje y servicios de transporte de viajeros.
  • Limpieza de vías públicas.
  • Eliminación, tratamiento y recogida de residuos.
  • Tratamiento de aguas residuales, servicios de desratización y de alcantarillado.
  • Balnearios, servicios de hostelería y campamentos.
  • Servicios para el beneficio de ganadería, agricultura y explotaciones forestales.

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